Por este conducto comunico a usted que el dia de la fecha se celebro la audiencia para conocer el recurso de inconformidad interpuesta por el:
C. Miguel Diaz González Beltrán
Respecto a las boletas de infracción 839396 del reglamento de transito municipal vigente y vistas las condiciones del caso se dicto la resolucion que a la letra dice:
Sirvase cancelar la presente infracción en virtud de qye acreditó los hechos manifestados en el recurso numero 362/2006, en virtud de que exhibe licencia de conducir vigente con numero 110262610 expedida por la secretaria de finanzas del Edo., y los demás conceptos carecen de falta de motivación, esto con fundamento en los artículos 9 y 138 del reglamento de transito municipal en vigor.
En virtud de ser beneficiario del articulo 21 constitucional.
Atentamente
Lic. Fulanita de Tal
C. Juez Calificado del XIII ayuntamiento de Mexicali
1 comment:
Ya deja de quejarte y paga las multas que te hacen por manejar pedo jejejeje... :D beso, g.
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